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Guía práctica

Recibo fiscal de donación en Francia: guía para un refugio o una protectora

En Francia, un recibo fiscal permite a su donante reducir su impuesto. Pero hace falta que la protectora tenga derecho a emitirlo, que el recibo lleve las menciones correctas y que se cumplan las obligaciones posteriores. Esto es lo que dicen los textos franceses, y lo que no dicen.

¿Puede su protectora emitir recibos?

El recibo fiscal está reservado a los organismos de interés general. Deben cumplirse tres condiciones: la protectora no ejerce una actividad lucrativa, su gestión es desinteresada y no funciona en beneficio de un círculo restringido de personas.

Además, su actividad debe presentar uno de los caracteres enumerados en el artículo 200 del Código General de Impuestos francés. La protección animal no figura en él con todas las letras. Una respuesta ministerial de 2014 vincula a la «defensa del medio ambiente natural» la atención a los animales errantes o abandonados mediante la gestión de refugios, así como el hecho de cuidarlos, esterilizarlos y darlos en adopción.

Esa respuesta no está recogida en la doctrina fiscal publicada. Para despejar la duda, la protectora puede solicitar un rescrit: la administración dispone de seis meses para responder, y su silencio equivale a conformidad.

Lo que el donante puede deducir

Un particular disfruta de una reducción del impuesto igual al 66 % de su donación, computada con el límite del 20 % de su renta imponible. Lo que excede se traslada a los cinco años siguientes. El tipo del 75 % está reservado a otras causas, como la ayuda a las personas en dificultad: no se aplica a la protección animal.

Una empresa disfruta de una reducción del 60 % de sus aportaciones hasta 2 millones de euros, y del 40 % por encima de esa cifra, con el límite de 20 000 € o del 5 ‰ de su volumen de negocios si este importe es mayor.

Las menciones del recibo

Existen dos modelos franceses: el Cerfa n.º 11580 para las donaciones de los particulares y el Cerfa n.º 16216 para las de las empresas, que también deben presentar un recibo desde 2022.

Su presentación puede adaptarse, y un recibo puede generarse por ordenador y enviarse después por internet, siempre que el donante no pueda modificarlo. Se admite un recibo único para todo el año. En cambio, deben recogerse todas las menciones del modelo:

  • un número de orden;
  • el organismo: nombre, número SIREN o RNA, dirección, objeto y su condición: asociación loi 1901 (asociación sin ánimo de lucro francesa), reconocida de utilidad pública…;
  • el donante: apellidos, nombre, dirección;
  • el importe, en cifras y en letra, y la fecha del pago;
  • la forma de la donación, su naturaleza (dinero, donación en especie, gastos de voluntario a cuyo reembolso se renuncia…) y la forma de pago;
  • la fecha y la firma del presidente, del tesorero o de una persona autorizada.

Numeración: lo que se exige

El modelo incluye un «número de orden»: por tanto, cada recibo debe ir numerado. Los textos no imponen expresamente una numeración continua. Sigue siendo la práctica más segura: en una inspección, la administración elabora la lista de los recibos emitidos y la coteja con las cantidades cobradas.

Después del recibo: declarar y conservar

Todo organismo que emite recibos declara cada año el importe total de las donaciones correspondientes y el número de recibos emitidos, sin nombrar a los donantes. La declaración se presenta en los tres meses siguientes al cierre del ejercicio; para un ejercicio cerrado el 31 de diciembre, a más tardar el segundo día hábil después del 1 de mayo. Una protectora sin otra obligación fiscal la presenta en línea.

Los documentos que justifican los recibos (registro de donaciones, copias de los recibos, extractos de cuentas) se conservan seis años.

Si un recibo se emite indebidamente

Emitir a sabiendas un recibo sin tener derecho a ello expone a la protectora a una multa cuyo tipo es el de la reducción del impuesto, aplicado a las cantidades que figuran en el recibo: el 66 % para la donación de un particular. La cifra del 25 %, que todavía se cita aquí y allá, ya no está en vigor desde la ley de presupuestos francesa para 2019.

En Calidis

Los recibos fiscales en Calidis

Cada donación queda vinculada a la ficha del donante. El recibo se emite en PDF con las menciones del Cerfa n.º 11580, el importe en letra y un número continuo por año: un recibo anulado nunca libera su número. Se envía por correo electrónico, como adjunto. La búsqueda avanzada y la exportación CSV dan la lista de las donaciones del año, útil para la declaración.

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Fuentes oficiales

Esta guía ofrece información general a la fecha indicada. No sustituye a los textos oficiales ni al criterio de la dirección departamental de protección de las poblaciones (DDPP), de la administración tributaria francesa o de un profesional del derecho.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta una autorización para emitir recibos fiscales?

No se exige ninguna autorización previa: la propia protectora valora, bajo su responsabilidad, si cumple las condiciones. El rescrit (consulta vinculante a la administración tributaria) sirve para obtener una respuesta escrita de la administración.

¿Se puede enviar el recibo por correo electrónico?

Sí, siempre que el donante no pueda modificarlo, lo que permite un archivo PDF. El importe figura en él en cifras y en letra.

¿Una donación en especie o los gastos de un voluntario dan derecho a un recibo?

Sí. La donación en especie se computa por su valor real en el día de la entrega, que la protectora debe comprobar. Los gastos en que incurre un voluntario para la protectora dan derecho a él si los justifica y renuncia expresamente a su reembolso.

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