Guía práctica
Registro de entradas y salidas: lo que la ley francesa exige a un refugio
En Francia, todo refugio debe poder decir de dónde viene cada animal, adónde ha ido y cuándo. Ese es el objeto del registro de entradas y salidas, que los servicios de inspección pueden pedir en cualquier momento. Las normas francesas cambiaron en julio de 2025: estas son las que se aplican hoy.
¿Quién debe llevar un registro?
El Código Rural francés impone dos registros al responsable de un refugio o de un centro de recogida, al igual que a los criaderos de perros y gatos y a las residencias de animales: un registro de entrada y salida de los animales, y un registro de seguimiento sanitario y de salud. Deben estar al día y presentarse siempre que lo pidan los servicios de inspección, en la práctica la DDPP (dirección departamental de protección de las poblaciones).
Las protectoras sin refugio también están afectadas: la que confía animales a casas de acogida lleva un registro de los animales confiados, a disposición de la administración.
El contenido de los registros lo fija la orden ministerial (arrêté) de 19 de junio de 2025. Esta sustituyó a la de 3 de abril de 2014, que muchas guías siguen citando.
Lo que debe contener el registro de entradas y salidas
Para los perros, los gatos y los hurones, el registro recoge, a medida que se producen, las entradas, las salidas, los nacimientos y las muertes. Cada hecho se anota en él a más tardar en un plazo de 72 horas.
- El animal: especie, raza, sexo, estado reproductivo si se conoce, fecha de nacimiento o edad, número de identificación, señas particulares.
- La entrada: su fecha y la procedencia del animal.
- La salida: su fecha, su motivo, la identidad y la dirección del destinatario.
- El fallecimiento: su fecha y su causa, si se conoce.
¿En papel o informático?
En papel, el registro va foliado y se lleva sin espacios en blanco, tachaduras ni enmiendas; una corrección se escribe aparte, con su motivo.
Se admite un registro informático si ofrece las mismas garantías de control. La orden ministerial exige entonces crear y guardar, al menos cada seis meses, una versión no modificable, numerada y fechada, y poder imprimir una versión en papel cuando lo pidan los agentes de inspección.
No se impone ningún formulario oficial para estos registros.
El registro de seguimiento sanitario y de salud
El segundo registro sigue la salud de los animales: estado general a la entrada y a la salida, vacunaciones, síntomas y tratamientos, cirugías, entre ellas la esterilización, aislamiento sanitario, causa de la muerte. En él se recogen los informes del veterinario sanitario.
Este veterinario visita las instalaciones de un refugio o de un centro de recogida al menos dos veces al año; para una protectora sin refugio es posible una sola visita anual.
¿Cuánto tiempo hay que conservarlos?
Cada volumen del registro de entradas y salidas se conserva, en las instalaciones, tres años después de la salida de los animales que figuran en él. El registro de seguimiento sanitario se conserva tres años a partir de su última anotación.
No llevar uno de los dos registros, o no poder presentarlo, se castiga como infracción de cuarta clase (contravention de quatrième classe).
Lo que cambia en 2027 y en 2029
A partir del 1 de enero de 2029, para los perros, los gatos y los hurones, el registro de entradas y salidas será el que pone a disposición el fichero nacional de identificación francés, que habrá que actualizar en las 72 horas siguientes a cada movimiento.
Desde el 1 de enero de 2027, también deberán transmitírsele ciertos datos sanitarios, como la esterilización y la vacunación contra la rabia.
En Calidis
El registro en Calidis
Crear la ficha de un animal anota su entrada; una adopción, una salida a casa de acogida o una cesión anota su salida, con su destinatario. El registro se consulta por pestañas, entre ellas una para la mortalidad y otra para el seguimiento sanitario, y se imprime. Para conservar la versión fechada que exige la orden ministerial, imprímalo o guárdelo en PDF al menos cada seis meses.
Fuentes oficiales
- Orden ministerial de 19 de junio de 2025 por la que se fijan las normas sanitarias y de protección animal de las actividades relacionadas con los animales de compañía (Légifrance, en francés)
- Código Rural y de la Pesca Marítima francés, artículo R214-30-3 (Légifrance, en francés)
- Ley n.º 2021-1539, de 30 de noviembre de 2021, de lucha contra el maltrato animal (Légifrance, en francés)
- El bienestar y la protección de los animales de compañía (Ministerio de Agricultura francés, en francés)
Esta guía ofrece información general a la fecha indicada. No sustituye a los textos oficiales ni al criterio de la dirección departamental de protección de las poblaciones (DDPP), de la administración tributaria francesa o de un profesional del derecho.